Entidades Beneficiarias

frutas y verduras

Para ser Entidad Beneficiaria del Banco de Alimentos de Salamanca, además de reunir los requisitos que se señalan a continuación, las Entidades deberán llevar al menos un año realizando la actividad relacionada con el reparto de alimento o manutención, ya que el Banco de Alimentos solamente supone una ayuda a la labor que realizan las Entidades, pero no una donación suficiente para el mantenimiento de esa actividad.

1º. Ser un Organismo Benéfico o equivalente.

2º. Estar registrado oficialmente.

3º. Tener el propósito de servir a los Colectivos socialmente más desfavorecidos.

         4º. Disponer de medios humanos y materiales suficientes para realizar la correcta                               distribución de los alimentos entre los beneficiarios a los que atiende.

5º. Distribuir gratuitamente los alimentos recibidos y no cambiarlos por dinero.

6º. No efectuar ningún tipo de discriminación entre los beneficiarios de las ayudas alimentarias.

7º. No utilizar los alimentos recibidos para finalidades contrarias a los objetivos del BANCO DE ALIMENTOS (distribución a personas no necesitadas, utilización de los alimentos con fin comercial, etc.)

8º. No mantener en existencias alimentos procedentes del BANCO DE ALIMENTOS en cantidades superiores a las que puedan justificarse en razón al periodo transcurrido en dos donaciones sucesivas.

9º. Abstenerse de cualquier programa o acción pública, y, en general de cualquier comportamiento que pueda perjudicar el nombre del BANCO DE ALIMENTOS.

10º. Llevar libros y registros de los productos recibidos y distribuidos.

11º. Cumplir las normas de seguridad de alimentos.

       12º. Tener actualizadas y vigentes las valoraciones sociales de los beneficiarios.